Tras Uber, es el turno de Blablacar. La plataforma que permite compartir trayectos interurbanos en coche se ve hoy las caras en el Juzgado Mercantil Nº 2 de Madrid con la patronal de autobuses Confebus, que acusa a la compañía de competencia desleal.

Tras la celebración hoy de la vista oral, el juez -el mismo que lleva el caso Uber- deberá determinar si prohíbe cautelarmente la actividad de transporte que se realiza a través de Blablacar en España, como pide en su demanda Confebus.

España es el primer país en el que Blablacar -que opera en 19 mercados- se enfrenta a una demanda. La compañía tiene 20 millones de usuarios en el mundo, de los que 2,5 millones son españoles.

El caso recuerda al de Uber, aunque la actividad de las dos compañías no es comparable. En el caso de Uber, el juez dictaminó en diciembre la prohibición cautelar de operar en España con su servicio de transporte de viajeros.

La suspensión de la actividad había sido solicitada en su demanda por la Asociación Madrileña del Taxi, que acusa a Uber de competencia desleal. En junio, el Juzgado se ratificó en las medidas cautelares acordadas hasta que haya sentencia firme.

Demanda

La patronal acusa a Blablacar de competencia desleal en el sector de los autobuses interurbanos porque entiende que intermedia en un servicio de transporte profesional de viajeros -actividad para la que no cuenta con licencia- al fijar las condiciones del servicio y cobrar una comisión por trayecto.

Asimismo, considera que los usuarios incumplen la legislación, porque entiende que el transporte que se realiza a través de Blablacar es de tipo profesional, no particular, por lo que requiere de autorización administrativa.

Por su parte, la línea argumental de la defensa se centra en demostrar que Blablacar no es un medio de transporte, sino una red social que conecta personas particulares que viajan hacia un mismo lugar compartiendo únicamente los gastos del viaje y, por lo tanto, no tienen ánimo de lucro al usar Blablacar.

Leave a Reply